Artículo 19 emitió un comunicado el 3 de abril de 2026 en Ciudad de México en el que respalda la decisión del Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de la ONU, adoptada el 2 de abril de 2026, de remitir con carácter urgente la situación de las desapariciones en México a la Asamblea General de Naciones Unidas. La organización solicitó al Estado mexicano abrir un diálogo honesto y franco con las familias de las personas desaparecidas, los colectivos y las organizaciones civiles para diseñar respuestas colaborativas.
El CED decidió activar el procedimiento previsto en el artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, por considerar que la información disponible contiene indicios fundados de desapariciones forzadas generalizadas o sistemáticas en México. Ante ello, Article 19 pidió que se destinen recursos materiales, humanos y tecnológicos indispensables para la búsqueda y para investigaciones que analicen patrones y cadenas de mando.
La Secretaría de Relaciones Exteriores respondió rechazando el informe de la ONU, calificándolo de “parcial y sesgado” y sosteniendo que no refleja actualizaciones ni esfuerzos institucionales recientes. Organizaciones de la sociedad civil y colectivos de familiares han cuestionado los recortes en las cifras oficiales y han demandado mayor transparencia en las metodologías del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Existen diferencias en las cifras y en la interpretación de la magnitud de la crisis: autoridades federales han presentado conteos más acotados, mientras que colectivos y algunos organismos señalan que los registros nacionales superan las seis cifras. Frente a esas diferencias, Article 19 subrayó la necesidad de centrar cualquier estrategia en las necesidades y derechos de las víctimas y de emplear enfoques que permitan identificar patrones más allá de investigaciones aisladas por caso.
La Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH) y otros organismos internacionales han señalado la alta impunidad y la necesidad de un cambio de paradigma en la investigación de desapariciones, incluido el uso de herramientas que permitan agrupar casos y analizar cadenas de mando. Article 19 y otras organizaciones llamaron asimismo a que la discusión y cualquier asistencia externa se orienten a fortalecer la búsqueda, los peritajes forenses y las investigaciones independientes.
Como consecuencia inmediata, Article 19 pidió al Estado abrir canales de diálogo con las familias y organizaciones afectadas y aceptar la cooperación técnica que la Asamblea General de la ONU pueda ofrecer; además urgió a transparentar resultados y metodologías para reducir la discreción en las cifras y mejorar las acciones de localización e investigación.

