La Comisión de Seguridad Social del Senado aprobó un dictamen que reforma la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) con el objetivo de reconocer como familiar derechohabiente a la hermana o al hermano de una persona trabajadora o pensionada cuando éste dependa económicamente de ella y no cuente con un régimen propio de seguridad social.
El dictamen establece que las hermanas y los hermanos dependientes podrán integrarse al orden de prelación para acceder a pensiones que deriven del fallecimiento del trabajador o pensionado, como beneficiarios adicionales a los ya previstos en la ley.
La propuesta también incorpora lenguaje inclusivo al sustituir la denominación “hijo” por la expresión “hija o hijo”, en congruencia con criterios constitucionales sobre lenguaje no discriminatorio.
En el contexto legislativo, iniciativas presentadas con objetivos similares han planteado, además, reconocer como derechohabientes a hermanos mayores de edad en situación de discapacidad cuando acrediten dependencia económica; esa propuesta fue promovida por la senadora Guadalupe Murguía y turnada a comisiones para su análisis.
Las modificaciones buscan atender situaciones familiares actuales en las que la dependencia económica entre hermanos no está cubierta por un régimen de seguridad social propio, y pretenden ofrecer un marco legal explícito para su reconocimiento como derechohabientes del ISSSTE.

