La Unión Internacional de Magistrados (UIM) expulsó a la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de México (CONATRIB) durante su reunión anual, luego de cuestionar el respaldo de la organización mexicana a la reforma judicial y a la elección popular de jueces y magistrados.
La decisión fue celebrada por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), que sostuvo que la resolución refleja la preocupación internacional por la independencia judicial en México.
La expulsión se aprobó el 17 de octubre de 2026, durante la 68 reunión anual de la UIM. La votación terminó con 53 sufragios a favor, 13 en contra y cuatro abstenciones, de acuerdo con los reportes sobre la sesión.
El respaldo a la reforma judicial detonó el procedimiento
El procedimiento comenzó después de que la CONATRIB respaldara en 2024 la reforma constitucional al Poder Judicial, que incorporó la elección mediante voto popular de personas juzgadoras. La UIM consideró que esa postura era incompatible con los principios de independencia y apoliticidad exigidos a sus organizaciones integrantes.
Durante el proceso, la organización internacional solicitó explicaciones a la representación mexicana. La respuesta no modificó las preocupaciones relacionadas con el impacto de la reforma en la selección de jueces y magistrados, así como en la autonomía de la función jurisdiccional.
Jufed cuestiona el modelo de elección popular
La Jufed afirmó que la resolución confirma sus advertencias sobre la reforma judicial y sostuvo que la función jurisdiccional debe apoyarse en el mérito, la capacidad y la carrera judicial. También señaló que la independencia de los tribunales es una garantía para que la ciudadanía tenga acceso a decisiones imparciales.
La salida de la CONATRIB representa la pérdida de su lugar dentro de la asociación internacional de magistrados, pero no modifica por sí misma la vigencia de la reforma judicial mexicana ni implica la destitución de jueces o magistrados del país.
El caso vuelve a colocar en el debate internacional las diferencias sobre la elección popular de personas juzgadoras, los criterios de mérito y las garantías de independencia de los poderes judiciales.
