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SCJN ampara a Diego Luna y fija indemnización mínima del 40% por uso indebido de su imagen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del actor Diego Luna en un litigio por el uso no autorizado de su imagen en una campaña publicitaria de 2011. El Pleno estableció que, cuando una empresa utilice la imagen de una persona con fines comerciales sin su consentimiento, la indemnización no podrá ser inferior al 40% del precio de venta al público del producto vinculado.

El fallo corresponde al Amparo Directo en Revisión 6448/2025 y, por unanimidad, el órgano jurisdiccional confirmó el criterio que había dictado con anterioridad un tribunal colegiado. La Corte devolvió el asunto al tribunal correspondiente para que emita una nueva resolución y recalcule el monto que corresponde a favor del actor, sin descontar gastos de producción, distribución o comercialización.

El litigio se remonta a la transmisión del comercial en 2011 y suma más de una década de disputas judiciales. Con esta resolución la SCJN emitió un criterio obligatorio que fortalece la protección del derecho a la propia imagen y marca parámetros sobre cómo debe calcularse la reparación cuando se pruebe un uso comercial no autorizado.

La resolución abre la vía para que se revisen otros casos similares y podría tener implicaciones para anunciantes y consumidores, al establecer una base de cálculo más amplia para las indemnizaciones en casos de uso indebido de imagen.

SCJN ampara a Diego Luna y fija indemnización mínima del 40% por uso indebido de su imagen