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SCJN ampara a Diego Luna y ordena indemnización por uso no autorizado de su imagen

El 29 de abril de 2026, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo al actor Diego Luna en el litigio que mantiene contra una empresa por el uso no autorizado de su imagen en una campaña publicitaria. La Corte determinó que la indemnización debe calcularse sobre el precio de venta al público y ordenó devolver el asunto al tribunal colegiado para que emita una nueva resolución y recalcule el monto sin descontar gastos de elaboración, distribución o comercialización.

El caso, que lleva más de una década en los tribunales, involucra un anuncio publicitario difundido en 2011 en el que también aparece un familiar del actor. Con la resolución, la Corte trazó criterios obligatorios para el cálculo de indemnizaciones por uso comercial de la imagen y dejó la puerta abierta a que se inicien procedimientos adicionales sobre el uso de la imagen del menor que aparece en la propaganda.

El pleno aplicó el artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor para confirmar la protección de la propia imagen como derecho constitucionalmente tutelado y reafirmó que, en casos de explotación comercial no consentida, la base de cálculo de la indemnización no debe reducirse por costos empresariales.

La resolución implica un precedente relevante para la industria publicitaria y para empresas que utilicen la imagen de personas con fines comerciales, ya que refuerza la obligación de obtener consentimiento y de reparar económicamente el daño cuando este no exista.

El expediente regresará al tribunal colegiado para que emita una nueva resolución conforme a las instrucciones del máximo tribunal; las partes podrán impugnar nuevamente esa resolución en los recursos procedentes.

SCJN ampara a Diego Luna y ordena indemnización por uso no autorizado de su imagen