La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a Diego Luna el 29 de abril de 2026 y devolvió el expediente a un tribunal colegiado para que emita una nueva resolución sobre la indemnización reclamada por el uso no autorizado de su imagen en una campaña publicitaria de Johnnie Walker.
El pleno determinó que la indemnización deberá calcularse sobre el precio de venta del producto y confirmó un criterio mínimo del 40 por ciento, sin descontar gastos de producción, distribución o comercialización. La resolución forma parte del amparo directo en revisión 6448/2025.
El litigio se remonta a una campaña de 2011 y lleva más de una década en tribunales. Con esta resolución la Corte reforzó la protección del derecho a la propia imagen y estableció pautas para cuantificar indemnizaciones por usos comerciales no autorizados.
Al presentar su proyecto, el ministro Arístides Guerrero García advirtió: “El caso deja un mensaje claro: el uso comercial de la imagen ajena tiene consecuencias jurídicas que no pueden diluirse mediante cálculos contables”.
El tribunal colegiado deberá ahora recalcular el monto y emitir una nueva sentencia; la decisión también abrió la posibilidad de que se presente una demanda adicional por el uso de la imagen del hijo del actor.

