El Congreso del estado aprobó una reforma al Código Penal que reclasifica el delito de abigeato dentro de un nuevo título llamado “Delitos contra la producción pecuaria” y tipifica, por primera vez en la entidad, el “tráfico ilegal de ganado”.
La iniciativa recibió el respaldo del Pleno y fue aprobada con mayoría; en la sesión se registraron 44 votos a favor.
De acuerdo con las modificaciones, a quien se apodere de ganado sin consentimiento se le impondrá una pena de seis a doce años de prisión; si el apoderamiento o sacrificio afecta a ganado bovino o caballar, la sanción podrá aumentar hasta seis a quince años. Además se establecen multas cuantificadas en Unidades de Medida y Actualización (UMAs) para distintos supuestos.
La reforma también define el delito de tráfico ilegal de ganado: quien movilice, identifique o introduzca animales en el estado sin la documentación sanitaria, de movilización o de propiedad exigida podrá recibir penas de tres a ocho años de prisión y multas de mayor cuantía en UMAs.
La diputada que impulsó la iniciativa sostuvo que las medidas buscan proteger el patrimonio de los productores, frenar esquemas de simulación de propiedad (como el uso de aretes apócrifos) y fortalecer la trazabilidad sanitaria del hato ganadero, elementos clave para la seguridad alimentaria y la economía rural.
Ganaderos y autoridades estatales han señalado que la tipificación y el endurecimiento de penas facilitarán la persecución penal y reducirán incentivos para el robo y la comercialización ilícita de animales, aunque especialistas alertan sobre la necesidad de coordinación entre autoridades locales y federales para implementar controles en vías de comunicación y zonas fronterizas.

