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CDMX exigirá placas, licencia y casco para scooters y bicicletas eléctricas; sanciones y puntos a conductores

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La Gaceta Oficial de la Ciudad de México publicó el 6 de mayo de 2026 cambios al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad que regulan scooters, monopatines y bicicletas eléctricas, y establecen la obligación de emplacar y contar con licencia para ciertos modelos.

Las normas distinguen entre Vehículos Eléctricos Personales (VEP) —aquellos con velocidad máxima de hasta 25 km/h y peso menor o igual a 35 kg— y Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), que rebasan ese umbral y deberán contar con placa, tarjeta de circulación y un distintivo oficial.

Entre las obligaciones para quienes manejen VEMEPE están portar casco protector, respetar el número de pasajeros autorizado en la tarjeta de circulación y evitar circular por banquetas, ciclovías y carriles confinados al transporte público.

Las sanciones por incumplimiento van desde multas equivalentes a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, además de la pérdida de hasta tres puntos en la licencia de conducir en los casos señalados por el reglamento.

La implementación será progresiva: las autoridades anunciaron que a partir del 1 de julio de 2026 comenzará el registro y emplacamiento de estos vehículos, mientras que la aplicación general de las sanciones está prevista para etapas posteriores, con plazos específicos que se comunicaron en la publicación oficial.

Las modificaciones buscan ordenar la creciente presencia de micromovilidad eléctrica en la capital y crear un padrón y mecanismos de control que, según las autoridades, permitirán mejorar la seguridad vial y la convivencia entre usuarios de diferentes modos de transporte.

CDMX exigirá placas, licencia y casco para scooters y bicicletas eléctricas; sanciones y puntos a conductores