La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo al actor y cineasta Diego Luna en el expediente ADR 6448/2025 por el uso no autorizado de su imagen y la de su familia en una campaña publicitaria de 2011.
El pleno determinó que la indemnización deberá calcularse sobre el precio de venta del producto utilizado en la campaña y ordenó devolver el asunto al tribunal responsable para que emita una nueva resolución que no descuente gastos de producción, distribución o comercialización.
El conflicto legal se remonta a una campaña publicitaria en la que aparecieron imágenes del actor y su hijo; el fallo de la Corte refuerza el criterio de protección de la propia imagen y busca impedir prácticas contables que reduzcan la reparación económica al afectado.
La resolución sienta un criterio obligatorio para casos similares y obliga a los tribunales a considerar la base de cálculo propuesta por la Corte al fijar montos indemnizatorios por explotación comercial de la imagen ajena.
Quedan pendientes los cálculos finales del tribunal colegiado y el monto concreto que deberá pagarse tras la resolución que devuelva la causa para su recálculo.

