La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del actor Diego Luna en el Amparo Directo en Revisión 6448/2025 por el uso no autorizado de su imagen en una campaña publicitaria asociada a una marca de bebidas alcohólicas.
El Pleno determinó que la indemnización deberá calcularse con base en, como mínimo, el 40% del precio de venta al público del producto vinculado durante el periodo en que se transmitió el comercial, y que ese cálculo no podrá disminuirse mediante deducciones por costos de producción, distribución o comercialización.
La resolución también ordena devolver el asunto al tribunal correspondiente para que emita una nueva resolución y recalcule el monto de la indemnización conforme al criterio fijado por la Corte.
El caso, que tiene más de una década en los tribunales, refuerza la protección del derecho a la propia imagen previsto en el artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor y sienta un criterio que podrá aplicarse en controversias similares.
La decisión podría abrir la vía para reclamos relacionados con el uso de la imagen de familiares señalados en la campaña, según los antecedentes del expediente.
Se espera que el tribunal que reciba la orden explique el periodo exacto de ventas tomado en cuenta para el cálculo final y precise la cuantía a pagar al actor en la nueva resolución.

