Las líneas telefónicas móviles con terminación 0 que fueron suspendidas por no vincularse a una CURP o RFC podrán recuperar el servicio de forma inmediata o casi inmediata cuando sus titulares completen el registro obligatorio ante su operador, informó la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
El primer plazo del calendario establecido por la autoridad venció el 15 de agosto de 2026. A partir de entonces comenzó la suspensión gradual de las líneas que no fueron asociadas con la identidad de sus usuarios, con el objetivo de evitar afectaciones a la operación de los sistemas y las redes.
Registro obligatorio para usuarios y empresas
Las personas físicas deben vincular sus líneas telefónicas a su Clave Única de Registro de Población (CURP), mientras que las empresas deben hacerlo mediante su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). La medida forma parte de la estrategia federal para identificar líneas anónimas y combatir delitos como la extorsión y el fraude telefónico.
La CRT señaló que la desconexión se realiza de manera gradual para no comprometer la funcionalidad de los sistemas. La cifra definitiva de líneas suspendidas se conocerá una vez que concluya el periodo de hasta 72 horas posterior al vencimiento del plazo.
La reconexión depende de completar la vinculación
Los usuarios cuya línea ya fue suspendida todavía pueden realizar el trámite de vinculación. Una vez que el operador valide los datos y concluya el proceso, el servicio deberá reactivarse de manera inmediata o casi inmediata.
El calendario continuará de forma escalonada cada 15 días aproximadamente. Las siguientes fechas límite corresponden a las líneas terminadas en 1, el 31 de agosto; en 2, el 15 de septiembre; y en 3, el 30 de septiembre.
El proceso seguirá hasta llegar a los números con terminación 9, cuyo plazo está previsto para el 31 de diciembre de 2026. Al finalizar cada periodo, las líneas que permanezcan sin registro podrán ser suspendidas.
